En aplicación del:
ARTÍCULO 47°.- Se sancionará a los jugadores, con la suspensión temporal del campeonato, si incurren en las siguientes faltas:
d. En el caso de las tarjetas rojas directas o agresiones físicas directas contra otros jugadores antes o después de los encuentros, la comisión de justicia evaluará el informe del árbitro aplicando la sanción correspondiente no pudiendo ser ésta menor a una fecha.
- Ismael Canecillas Morales (2 fechas por agresión física mutua)
- Quiñonez Peralta, Brian Andrés (1 fecha por falta antideportiva)
- Poma Alanya, Juan Carlos (2 fechas por agresión física mutua)
No existen suspendidos por tarjetas amarillas.
Actualizen el blog tengo que hacer mis proyecciones estadisticas y matematicas Urgente ...
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